Prevención de riesgos laborales durante el embarazo


La prevención de riesgos laborales durante el embarazo constituye un pilar fundamental dentro de la gestión preventiva de cualquier organización comprometida con la seguridad y salud de sus trabajadoras. El embarazo no es una enfermedad, pero sí una condición fisiológica que implica cambios físicos, hormonales y psicológicos que pueden aumentar la vulnerabilidad frente a determinados riesgos laborales. Por ello, la normativa en materia de prevención exige una atención específica y una adaptación real de las condiciones de trabajo.

 

Marco legal y obligaciones empresariales


La legislación en materia de prevención de riesgos laborales establece la obligación del empresario de garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras en todos los aspectos relacionados con el trabajo. En el caso del embarazo, esta protección se refuerza mediante disposiciones específicas que obligan a evaluar los riesgos que puedan afectar a la trabajadora embarazada, al feto o durante el periodo de lactancia.

El plan de prevención de riesgos laborales debe contemplar de forma expresa la protección de la maternidad. No se trata de una actuación puntual, sino de una integración real en el sistema de gestión preventiva de la empresa. El denominado plan PRL debe prever procedimientos claros para la identificación de riesgos, la adaptación del puesto y, si fuera necesario, el cambio temporal de funciones.

 

Evaluación de riesgos durante el embarazo


El primer paso para una correcta prevención es la evaluación de los riesgos laborales específicos. Esta evaluación debe actualizarse en el momento en que la empresa tenga conocimiento del embarazo, ya que las condiciones que anteriormente eran seguras pueden dejar de serlo.

Entre los principales riesgos que deben analizarse se encuentran:

·        Riesgos físicos, como la manipulación manual de cargas, posturas forzadas, vibraciones, ruido o temperaturas extremas.

·        Riesgos químicos, derivados de la exposición a sustancias peligrosas que puedan afectar al desarrollo del feto.

·        Riesgos biológicos, especialmente relevantes en sectores sanitarios, educativos o de atención social.

·        Riesgos ergonómicos, relacionados con la fatiga, la carga mental o la prolongación de jornadas.

·        Riesgos psicosociales, como el estrés, la presión laboral o la falta de pausas adecuadas.

Una evaluación rigurosa permite tomar decisiones preventivas basadas en criterios técnicos y no en suposiciones.

 

Adaptación del puesto de trabajo


Una vez identificados los riesgos laborales, el siguiente paso es la adaptación del puesto. Esta medida es prioritaria y debe aplicarse antes de considerar otras alternativas. La adaptación puede incluir cambios en:

·        La organización del tiempo de trabajo (reducción de turnos nocturnos o rotativos).

·        Las tareas asignadas, evitando aquellas que supongan esfuerzo físico excesivo.

·        El entorno físico, mejorando la ergonomía del puesto o eliminando la exposición a agentes peligrosos.

El plan de prevención de riesgos laborales debe recoger estas medidas de forma estructurada, garantizando su aplicación efectiva y su seguimiento.

 

Cambio de puesto o suspensión del contrato


Cuando la adaptación del puesto no es técnica u objetivamente posible, y persiste un riesgo para la salud de la trabajadora o del feto, la empresa debe proceder al cambio a un puesto compatible con el embarazo. Este cambio debe respetar, en la medida de lo posible, las condiciones salariales y profesionales.

Solo cuando no exista ningún puesto compatible, se contempla la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, con las prestaciones económicas correspondientes. Esta medida debe considerarse siempre como último recurso dentro del plan PRL, priorizando la continuidad de la actividad laboral en condiciones seguras.

 

Vigilancia de la salud


La vigilancia de la salud es otro elemento clave de la prevención de riesgos laborales durante el embarazo. Debe realizarse de forma voluntaria, confidencial y adaptada a la situación específica de la trabajadora. Los reconocimientos médicos permiten detectar de forma precoz posibles efectos derivados de la exposición a riesgos y ajustar las medidas preventivas.

Es fundamental que exista una coordinación efectiva entre el servicio de prevención, la trabajadora y, cuando proceda, los servicios sanitarios externos.

 

Papel del servicio de prevención


El servicio de prevención, propio o ajeno, desempeña un papel esencial en la gestión del embarazo desde el punto de vista preventivo. Sus funciones incluyen la evaluación de riesgos, la propuesta de medidas correctoras, el asesoramiento técnico y el seguimiento de la eficacia de las actuaciones.

Un plan PRL bien diseñado no solo cumple con la normativa, sino que demuestra un compromiso real con la salud, la igualdad y la responsabilidad social de la empresa.

 

La prevención de riesgos laborales durante el embarazo no debe entenderse como una carga administrativa, sino como una inversión en salud, bienestar y sostenibilidad empresarial. Integrar esta protección en el plan de prevención de riesgos laborales permite anticiparse a los problemas, reducir el absentismo y mejorar el clima laboral.

Proteger a la trabajadora embarazada es proteger el futuro. Un enfoque preventivo adecuado, basado en la evaluación de los riesgos laborales, la adaptación del puesto y la implicación de todas las partes, es la mejor garantía para asegurar un entorno de trabajo seguro, saludable y respetuoso con la maternidad.

 

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